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Calculadora de Tarifa

Calcula cuánto debes cobrar por hora o proyecto como freelancer en México, considerando impuestos, gastos fijos, horas trabajables y margen de utilidad.

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Cómo usar la Calculadora de Tarifa

  1. Ingresa ¿cuánto quieres ganar al mes (neto)? (mxn)
  2. Ingresa gastos fijos mensuales del negocio (mxn)
  3. Ingresa horas productivas por semana
  4. Ingresa semanas de vacaciones al año
  5. Selecciona régimen fiscal (RESICO o Honorarios / Act. Empresarial o No sé / No registrado)
  6. Haz clic en "Calcular" y revisa el desglose completo del resultado
  7. Comparte el resultado por WhatsApp o cópialo si lo necesitas

Ejemplo práctico

Supongamos este caso: ¿cuánto quieres ganar al mes (neto)? de 30,000, gastos fijos mensuales del negocio de 5,000, horas productivas por semana de 30, semanas de vacaciones al año de 3 y régimen fiscal de RESICO. El resultado con los valores vigentes sería:

Tarifa minima / hora$388.73
Tarifa / hora (USD)$25.04
Tarifa por dia (8h)$3,731.78
Proyecto 1 semana$18,658.89
Tarifa recomendada / hora$466.47
-- Desglose anual --

Ejemplo ilustrativo calculado con la legislación vigente. Usa la calculadora de arriba con tus datos reales.

Preguntas Frecuentes

¿Cómo se calcula la tarifa por hora de un freelancer?▾
Con esta fórmula: (ingreso neto anual deseado + gastos anuales del negocio + impuestos estimados) ÷ horas facturables al año. Las horas facturables son tus horas semanales × semanas productivas × un factor de utilización del 75%, porque no todo tu tiempo se cobra. A esa tarifa mínima se le agrega un margen del 20% para llegar a la tarifa recomendada.
¿Por qué solo el 75% de mis horas cuentan como facturables?▾
Porque una parte de tu jornada se va en trabajo no cobrable: buscar clientes, hacer cotizaciones, administración, facturación y correos. Asumir un factor de utilización del 75% evita que fijes una tarifa que no cubre esas horas invisibles.
¿Qué porcentaje de impuestos debo incluir en mi tarifa?▾
Depende de tu régimen: en RESICO el ISR es muy bajo (esta calculadora estima ~2% del bruto), mientras que en honorarios o actividad empresarial se estima ~25% y sin régimen definido ~20%. La calculadora suma ese porcentaje sobre tu ingreso bruto necesario para que los impuestos no salgan de tu bolsillo.
¿Debo cobrar lo mismo que ganaba como empleado?▾
No: tu tarifa freelance debe ser bastante mayor que tu sueldo por hora como empleado, porque ahora tú cubres impuestos, herramientas, seguro médico, vacaciones y las semanas sin proyectos. Por eso la fórmula parte del neto que quieres recibir y suma gastos, impuestos y margen antes de dividir entre horas.

Descargo de responsabilidad

Esta herramienta es orientativa y no constituye asesoría fiscal, financiera ni legal. Los cálculos están basados en la legislación vigente de México y pueden no contemplar todas las particularidades de tu situación. Para decisiones fiscales específicas, consulta siempre a un profesional contable o tributario certificado.

📋 Fuentes legales y base de cálculo▾

Última actualización: Octubre 2026 · Autoridad fiscal: SAT

  • •Ley del ISR, Art. 96 — Tabla mensual de ISR para personas físicas (tasas progresivas del 1.92% al 35%) Ver fuente
  • •Ley del ISR, Art. 152 — Tabla anual de ISR para personas físicas en declaración anual Ver fuente
  • •Ley del ISR, Art. 113-E — Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) con tasas del 1% al 2.5%
  • •Ley del IVA, Art. 1 — Tasa general del IVA 16%, zona fronteriza 8%, exportación 0% Ver fuente
  • •Ley del ISR, Art. 106 — Retención ISR del 10% para honorarios pagados por personas morales
  • •Ley del IVA, Art. 1-A — Retención de 2/3 del IVA trasladado por personas morales
  • •Resolución Miscelánea Fiscal 2026, Anexo 8 — Tarifas de ISR mensual (Art. 96) y anual (Art. 152) vigentes desde el 1-ene-2026 (DOF 28-dic-2025) Ver fuente
  • •Ley del Seguro Social, Arts. 25, 28, 36, 106, 107, 147 y 168 — Cuotas IMSS del trabajador: enfermedad y maternidad, invalidez y vida, cesantía y vejez; tope de 25 UMA; salario mínimo exento Ver fuente
  • •Decreto del subsidio para el empleo (DOF 31-dic-2025) — 15.02% de la UMA mensual ($535.65 de febrero a diciembre 2026) para ingresos de hasta $11,492.66 mensuales Ver fuente
  • •Banco de México — Tipo de cambio FIX — Tipo de cambio peso/dólar usado por el convertidor USD/MXN (serie SF43718) Ver fuente
  • •Ley Federal del Trabajo (LFT) — Arts. 48, 50, 76, 79, 80, 87, 162 y 486: aguinaldo, vacaciones, prima vacacional, indemnizaciones y prima de antigüedad Ver fuente
  • •CONASAMI — Salarios Mínimos 2026 — Resolución DOF 09-dic-2025: $315.04 general / $440.87 Zona Libre Frontera Norte Ver fuente
  • •INEGI — UMA 2026 — Valor diario $117.31 y mensual $3,566.22 (vigente 1-feb-2026): tope de deducciones personales, exenciones de aguinaldo y prima vacacional, y subsidio para el empleo Ver fuente
  • •Ley del ISR, Art. 93 fracc. XIV — Exenciones de ISR sobre gratificaciones anuales (aguinaldo) y prima vacacional Ver fuente

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