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Calculadora de IVA

Calcula el IVA (16%) sobre cualquier monto. Agrega IVA o desglosa IVA incluido. Soporta tasa de zona fronteriza (8%) y exportación (0%).

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Cómo usar la Calculadora de IVA

  1. Ingresa monto (mxn)
  2. Selecciona tipo de cálculo (Agregar IVA al monto o Desglosar IVA incluido)
  3. Selecciona tasa de iva (16% (General) o 8% (Zona Fronteriza) o 0% (Exportación))
  4. Haz clic en "Calcular" y revisa el desglose completo del resultado
  5. Comparte el resultado por WhatsApp o cópialo si lo necesitas

Ejemplo práctico

Supongamos este caso: monto de 10,000, tipo de cálculo de Agregar IVA al monto y tasa de iva de 16% (General). El resultado con los valores vigentes sería:

Subtotal (sin IVA)$10,000.00
IVA (16%)$1,600.00
Total (con IVA)$11,600.00

Ejemplo ilustrativo calculado con la legislación vigente. Usa la calculadora de arriba con tus datos reales.

Preguntas Frecuentes

¿Cuánto es el IVA en México en 2026?▾
La tasa general es del 16% (Art. 1 LIVA). En la región fronteriza aplica una tasa reducida del 8% mediante estímulo fiscal por decreto, y las exportaciones y ciertos productos básicos tributan a tasa 0% (Art. 2-A LIVA).
¿Cómo saco el IVA de un precio que ya lo incluye?▾
Divide el total entre 1.16. Por ejemplo, de $10,000 con IVA incluido: el subtotal es $8,620.69 y el IVA $1,379.31. Para agregar IVA haces lo inverso: multiplicas el subtotal por 1.16. En zona fronteriza divides entre 1.08.
¿Los freelancers deben cobrar IVA?▾
Sí. Los servicios profesionales independientes están gravados con IVA al 16%, que debes trasladar (desglosar) en tu CFDI y enterar al SAT en tu declaración mensual, restando el IVA acreditable de tus gastos. Esto aplica también si tributas en RESICO.
¿Qué diferencia hay entre tasa 0% y exento de IVA?▾
En tasa 0% (exportaciones, alimentos básicos, medicinas) no cobras IVA pero sí puedes acreditar y recuperar el IVA de tus gastos. En actividades exentas tampoco cobras IVA, pero pierdes el derecho a acreditar el IVA que pagaste.

Descargo de responsabilidad

Esta herramienta es orientativa y no constituye asesoría fiscal, financiera ni legal. Los cálculos están basados en la legislación vigente de México y pueden no contemplar todas las particularidades de tu situación. Para decisiones fiscales específicas, consulta siempre a un profesional contable o tributario certificado.

📋 Fuentes legales y base de cálculo▾

Última actualización: Octubre 2026 · Autoridad fiscal: SAT

  • •Ley del ISR, Art. 96 — Tabla mensual de ISR para personas físicas (tasas progresivas del 1.92% al 35%) Ver fuente
  • •Ley del ISR, Art. 152 — Tabla anual de ISR para personas físicas en declaración anual Ver fuente
  • •Ley del ISR, Art. 113-E — Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) con tasas del 1% al 2.5%
  • •Ley del IVA, Art. 1 — Tasa general del IVA 16%, zona fronteriza 8%, exportación 0% Ver fuente
  • •Ley del ISR, Art. 106 — Retención ISR del 10% para honorarios pagados por personas morales
  • •Ley del IVA, Art. 1-A — Retención de 2/3 del IVA trasladado por personas morales
  • •Resolución Miscelánea Fiscal 2026, Anexo 8 — Tarifas de ISR mensual (Art. 96) y anual (Art. 152) vigentes desde el 1-ene-2026 (DOF 28-dic-2025) Ver fuente
  • •Ley del Seguro Social, Arts. 25, 28, 36, 106, 107, 147 y 168 — Cuotas IMSS del trabajador: enfermedad y maternidad, invalidez y vida, cesantía y vejez; tope de 25 UMA; salario mínimo exento Ver fuente
  • •Decreto del subsidio para el empleo (DOF 31-dic-2025) — 15.02% de la UMA mensual ($535.65 de febrero a diciembre 2026) para ingresos de hasta $11,492.66 mensuales Ver fuente
  • •Banco de México — Tipo de cambio FIX — Tipo de cambio peso/dólar usado por el convertidor USD/MXN (serie SF43718) Ver fuente
  • •Ley Federal del Trabajo (LFT) — Arts. 48, 50, 76, 79, 80, 87, 162 y 486: aguinaldo, vacaciones, prima vacacional, indemnizaciones y prima de antigüedad Ver fuente
  • •CONASAMI — Salarios Mínimos 2026 — Resolución DOF 09-dic-2025: $315.04 general / $440.87 Zona Libre Frontera Norte Ver fuente
  • •INEGI — UMA 2026 — Valor diario $117.31 y mensual $3,566.22 (vigente 1-feb-2026): tope de deducciones personales, exenciones de aguinaldo y prima vacacional, y subsidio para el empleo Ver fuente
  • •Ley del ISR, Art. 93 fracc. XIV — Exenciones de ISR sobre gratificaciones anuales (aguinaldo) y prima vacacional Ver fuente

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