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Calculadora RST

Calcula el impuesto bajo el Régimen Simple de Tributación (RST) para servicios profesionales (Grupo 5) en Colombia. Tasas del 5.9% al 14.5%.

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Cómo usar la Calculadora RST

  1. Ingresa ingreso bruto anual (cop)
  2. Haz clic en "Calcular" y revisa el desglose completo del resultado
  3. Comparte el resultado por WhatsApp o cópialo si lo necesitas

Ejemplo práctico

Supongamos este caso: ingreso bruto anual de 80,000,000. El resultado con los valores vigentes sería:

Ingreso anual$ 80.000.000
Ingreso en UVT1606.46 UVT
Elegible para RSTSi (< 100,000 UVT)
Tasa RST Grupo 55.90%
Impuesto RST$ 4.720.000
Ahorro con RST$ 166.627

Ejemplo ilustrativo calculado con la legislación vigente. Usa la calculadora de arriba con tus datos reales.

Preguntas Frecuentes

¿Cuánto se paga en el Régimen Simple por servicios profesionales?
El Grupo 5 del RST (servicios profesionales, de consultoría y científicos, Art. 908 numeral 5 del Estatuto Tributario) tributa sobre el ingreso bruto: 5,9% hasta 6.000 UVT, 7,3% de 6.000 a 15.000 UVT, 12% de 15.000 a 30.000 UVT y 14,5% de 30.000 a 100.000 UVT. Con la UVT 2025 de $49.799, el primer tramo llega hasta $298.794.000 anuales.
¿Quién puede acogerse al Régimen Simple de Tributación?
Personas naturales y jurídicas con ingresos brutos anuales de hasta 100.000 UVT ($4.979.900.000 en 2025), según el Art. 905 del Estatuto Tributario. Para servicios profesionales aplica el Grupo 5 con sus tarifas propias. La inscripción se hace ante la DIAN actualizando el RUT.
¿El RST se calcula sobre ingresos brutos o sobre utilidades?
Sobre ingresos brutos, sin restar costos ni deducciones. Esa es la gran diferencia con el régimen ordinario: en RST pagas una tarifa fija (5,9% a 14,5% en el Grupo 5) sobre todo lo facturado. Por eso conviene más cuando tienes pocos gastos deducibles.
¿Qué impuestos reemplaza el Régimen Simple?
El RST unifica en una sola declaración el impuesto de renta y el impuesto de industria y comercio (ICA) con su complementario de avisos y tableros (Art. 907 ET). Además, quienes están en RST no están sujetos a retención en la fuente a título de renta, lo que mejora tu flujo de caja mensual.

Descargo de responsabilidad

Esta herramienta es orientativa y no constituye asesoría fiscal, financiera ni legal. Los cálculos están basados en la legislación vigente de Colombia y pueden no contemplar todas las particularidades de tu situación. Para decisiones fiscales específicas, consulta siempre a un profesional contable o tributario certificado.

📋 Fuentes legales y base de cálculo

Última actualización: Mayo 2025 · Autoridad fiscal: DIAN

  • Estatuto Tributario, Art. 241Tabla de impuesto de renta para personas naturales (7 tramos progresivos del 0% al 39%) Ver fuente
  • Estatuto Tributario, Art. 908Régimen Simple de Tributación (RST) — tasas por grupo de actividad económica Ver fuente
  • Estatuto Tributario, Art. 392Retención en la fuente por honorarios y servicios: 11% sobre el monto bruto
  • Estatuto Tributario, Art. 437-2Retención de IVA: 15% del IVA trasladado por agentes retenedores
  • Ley del IVA (Estatuto Tributario, Art. 468)Tasa general del IVA: 19%
  • Estatuto Tributario, Art. 206 numeral 10Renta exenta del 25% para trabajadores independientes (tope 790 UVT/mes)
  • Resolución DIAN — UVT 2025Unidad de Valor Tributario 2025: $49.799 COP Ver fuente
  • Ley 2277 de 2022 (Reforma Tributaria)Modificaciones al impuesto de renta, RST y retenciones para personas naturales

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