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Educativo

Retenciones para Independientes en Colombia: Todo lo que Debes Saber

Equipo Contadorix•

Facturas $5.000.000 y a tu cuenta llegan $5.307.500 en lugar de $5.950.000. ¿A dónde fue el resto? A las retenciones. Si trabajas como independiente en Colombia, entender la retención en la fuente y la retención de IVA es esencial para proyectar tu flujo de caja, revisar que te retengan lo correcto y recuperar cada peso en tu declaración de renta.

¿Que es la retencion en la fuente?

La retención en la fuente no es un impuesto adicional: es un mecanismo de recaudo anticipado del impuesto de renta. Cuando le facturas a un agente de retención (normalmente una persona jurídica o un gran contribuyente), este descuenta un porcentaje de tu pago y lo consigna directamente a la DIAN a tu nombre.

Al final del año, ese dinero retenido se convierte en un crédito a tu favor: lo restas del impuesto que te dé la tabla del Art. 241 del Estatuto Tributario en tu declaración anual.

Retención sobre honorarios: 10% u 11%

Para servicios profesionales prestados por personas naturales, la tarifa de retención por honorarios es del 10% (Art. 392 ET y Decreto Único Reglamentario 1625 de 2016). Sube al 11% cuando los pagos de ese mismo cliente en el año superan 3.300 UVT ($172.834.200 con la UVT 2026 de $52.374).

Puntos clave:

  • Se aplica sobre la base de los honorarios sin IVA.
  • En honorarios no hay base mínima: la retención aplica desde el primer peso. La base de 4 UVT ($209.496 en 2026) corresponde a servicios generales, no a honorarios. Confirma con tu cliente qué tarifa te aplica.
  • Solo retienen los agentes de retención: personas jurídicas, grandes contribuyentes y personas naturales comerciantes con patrimonio o ingresos altos. Si le facturas a una persona natural común, no hay retención.

Retencion de IVA: el 15% del IVA

Si eres responsable de IVA y facturas el 19% (Art. 468 ET), tu cliente agente de retención también puede practicar la retención de IVA, equivalente al 15% del valor del IVA facturado (Art. 437-2 ET). Ojo: es el 15% del IVA, no del total de la factura.

Ejemplo completo: factura de $5.000.000

Así queda una factura de honorarios de $5.000.000 a una empresa, siendo tú responsable de IVA:

ConceptoCalculoValor (COP)
Honorarios (base)-$5.000.000
IVA 19%5.000.000 x 0,19$950.000
Total facturabase + IVA$5.950.000
Retención en la fuente 10%5.000.000 x 0,10-$500.000
Retencion de IVA 15% del IVA950.000 x 0,15-$142.500
Neto a recibir-$5.307.500

De cada factura a empresas recibes aproximadamente el 89,2% del total facturado. Ese 10,8% no se pierde: la retención de renta la recuperas en tu declaración anual y la de IVA la descuentas en tus declaraciones de IVA.

Para calcular cualquier monto al instante, usa la Calculadora de Retenciones. Y si necesitas saber cuánto facturar para que te quede un neto específico, la Calculadora de Honorarios hace el cálculo inverso.

Como recuperar tus retenciones

Retencion en la fuente (renta)

1. Pide a cada cliente su certificado de retención al inicio del año siguiente (están obligados a expedirlo).

2. En tu declaración de renta (entre agosto y octubre según los últimos dígitos de tu NIT), calcula tu impuesto con la tabla del Art. 241 ET.

3. Resta el total de retenciones certificadas.

4. Si las retenciones superan tu impuesto, queda un saldo a favor: puedes imputarlo a la declaración siguiente o pedir devolución a la DIAN.

Esto es muy común en independientes con ingresos medios: como el 10% u 11% se aplica sobre el bruto y el impuesto real se calcula sobre la base gravable (con renta exenta del 25% del Art. 206 num. 10 ET, tope de 790 UVT al año, y límite del 40% del Art. 336 ET, máximo 1.340 UVT al año), muchas veces te retienen más de lo que efectivamente debes. Comprueba tu impuesto real con la Calculadora de Renta.

Retencion de IVA

El IVA que te retuvieron se registra en tu declaración de IVA como retenciones que disminuyen el saldo a pagar del periodo.

Caso especial: el Regimen Simple no sufre retenciones

Una ventaja importante del Régimen Simple de Tributación (Art. 911 ET): los contribuyentes del RST no están sujetos a retención en la fuente a título de renta, ni deben practicarla (salvo retenciones laborales). Si tu flujo de caja sufre mucho con el 11%, esta es una razón más para evaluar el cambio de régimen, especialmente si tus ingresos son altos y tus gastos bajos.

Indica en tus facturas tu condición de contribuyente del RST para que tus clientes no te retengan indebidamente.

Errores frecuentes con retenciones

  • No guardar los certificados: sin certificado, sustentar la retención ante la DIAN se complica. Pídelos cada año y archívalos.
  • No verificar la factura: algunos clientes aplican tarifas equivocadas (por ejemplo, aplicar 11% sin que superes las 3.300 UVT con ese cliente, o reteniendo sobre el total con IVA). Revisa cada comprobante de pago.
  • Olvidar las retenciones al declarar: si no las incluyes en tu declaración, simplemente regalas ese dinero.
  • Confundir retención con impuesto final: que te retengan no te exime de declarar si superas los topes (1.400 UVT de ingresos brutos, unos $73.323.600).
  • No facturar el IVA correctamente: si eres responsable, el IVA del 19% se suma a tus honorarios; no lo absorbas de tu tarifa.

Preguntas Frecuentes

¿Por que mi cliente persona natural no me retiene nada?

Porque las personas naturales comunes no son agentes de retención. Solo retienen las personas jurídicas, los grandes contribuyentes y ciertas personas naturales comerciantes con ingresos o patrimonio elevados (Art. 368 y 368-2 ET). Cuando le facturas a una persona natural no comerciante, recibes el valor completo de tu factura, pero tu obligación de declarar y pagar renta ante la DIAN sigue intacta.

¿Que pasa si me retuvieron mas impuesto del que debo pagar?

Se genera un saldo a favor en tu declaración de renta. Tienes dos opciones: imputarlo a la declaración del año siguiente (lo más sencillo) o solicitar la devolución o compensación ante la DIAN mediante el procedimiento del Decreto 1625 de 2016. Para montos pequeños, la imputación suele ser más práctica que el trámite de devolución.

¿La retención sobre honorarios aplica sobre el valor con IVA o sin IVA?

Siempre sobre la base sin IVA. Si facturas $5.000.000 más $950.000 de IVA, la retención en la fuente del 10% se calcula sobre los $5.000.000 ($500.000). El IVA tiene su propia retención del 15% sobre los $950.000 ($142.500), según el Art. 437-2 ET. Si un cliente te retiene sobre el total con IVA, está aplicando mal la norma y debes pedir la corrección.

Las retenciones bien entendidas dejan de ser un misterio y se convierten en lo que son: anticipos de tus impuestos que debes rastrear, certificar y recuperar. Lleva el control mes a mes y tu declaración de renta será mucho más sencilla.

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