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Calculadora de IGV

Calcula el IGV (18%) sobre cualquier monto en Perú. Agrega IGV o desglosa IGV incluido. Nota: el IGV no aplica a rentas de 4ta categoría (servicios independientes).

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Cómo usar la Calculadora de IGV

  1. Ingresa monto (s/)
  2. Selecciona tipo de cálculo (Agregar IGV al monto o Desglosar IGV incluido)
  3. Haz clic en "Calcular" y revisa el desglose completo del resultado
  4. Comparte el resultado por WhatsApp o cópialo si lo necesitas

Ejemplo práctico

Supongamos este caso: monto de 10,000 y tipo de cálculo de Agregar IGV al monto. El resultado con los valores vigentes sería:

Base imponible (sin IGV)S/ 10,000.00
IGV (18%)S/ 1,800.00
→ IGV propiamente (16%)S/ 1,600.00
→ IPM (2%)S/ 200.00
Precio total (con IGV)S/ 11,800.00

Ejemplo ilustrativo calculado con la legislación vigente. Usa la calculadora de arriba con tus datos reales.

Preguntas Frecuentes

¿Cuánto es el IGV en Perú?
El 18%, compuesto por 16% de IGV propiamente dicho más 2% de Impuesto de Promoción Municipal (Art. 17 del TUO de la Ley del IGV, D.S. 055-99-EF). Sobre una base de S/10,000, el IGV es S/1,800 y el precio total S/11,800.
¿Cómo saco el IGV de un precio que ya lo incluye?
Divide el precio total entre 1.18 para obtener la base imponible; la diferencia es el IGV. Por ejemplo, de S/11,800 con IGV incluido, la base es S/10,000 y el IGV S/1,800. Esta calculadora hace el desglose automáticamente.
¿Los recibos por honorarios llevan IGV?
No. Los servicios independientes de 4ta categoría no están gravados con IGV: tu recibo por honorarios solo puede sufrir la retención del 8% de renta (Art. 74 TUO LIR). El IGV aplica a operaciones empresariales de 3ra categoría.
¿Quién declara y paga el IGV ante SUNAT?
Los contribuyentes con actividad empresarial (3ra categoría) que emiten facturas o boletas de venta gravadas: declaran mensualmente el IGV cobrado menos el crédito fiscal de sus compras. Si solo emites recibos por honorarios con tu RUC de 4ta categoría, no declaras IGV.

Descargo de responsabilidad

Esta herramienta es orientativa y no constituye asesoría fiscal, financiera ni legal. Los cálculos están basados en la legislación vigente de Perú y pueden no contemplar todas las particularidades de tu situación. Para decisiones fiscales específicas, consulta siempre a un profesional contable o tributario certificado.

📋 Fuentes legales y base de cálculo

Última actualización: Mayo 2025 · Autoridad fiscal: SUNAT

  • TUO LIR (D.S. 179-2004-EF), Art. 53Impuesto a la Renta de personas naturales: 5 tramos progresivos del 8% al 30%
  • TUO LIR, Art. 45Deducción del 20% de la renta bruta de 4ta categoría (tope 24 UIT)
  • TUO LIR, Art. 46Deducción de 7 UIT adicionales como mínimo no imponible
  • TUO LIR, Art. 74Retención del 8% sobre recibos por honorarios cuando el monto supera S/1,500
  • D.S. 055-99-EF (TUO Ley IGV)Impuesto General a las Ventas (IGV): 18% (16% IGV + 2% IPM). No aplica a 4ta categoría.
  • D.S. 260-2024-EFValor de la UIT para el ejercicio 2025: S/5,350 Ver fuente
  • D.Leg. 937 (Nuevo RUS)Nuevo Régimen Único Simplificado: cuotas de S/20 y S/50 por categoría
  • D.Leg. 1269 (Régimen Mype Tributario)Régimen Mype: tasa del 10% hasta 15 UIT y 29.5% por el exceso

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